Llevo varios años trabajando para la generación y edición de documentos para algunas Adminsitraciones Públicas.
En este tiempo, he creado, modificado y eliminado organismos para generar documentos a modo de plantilla, informe, listado ó lo que se puedan imaginar. He utilizado tecnologías como applets, activex, itext, xsl-fo, openoffice, msword, editores web, etc.
He implantado la conexión con terceros organismos para la firma digital de los documentos de una de las administraciones, y ahora, tengo el deber de planificar la introducción de la Ley 11/2007, que atañe tanto a las administraciones como a los ciudadanos.
Como ciudadanos, quiero ayudaros a entender qué es eso de firmar digitalmente un documento y qué derechos tenéis "en la medida de lo posible".
Como ciudadanos que sois, no os voy a tratar de informáticos capaces ó con pretensiones de entender cual es el proceso técnico de la firma, sino más bien, en qué nos afecta como personas de a pie; como a todo hijo de vecino.
Firmar digitalmente un documento, es como hasta ahora se entiende, plasmar un garabato en un papel. Hoy en día, todas las empresas y administraciones imprimen sus documentos simplemente para firmarlos manualmente y después, archivarlos por si un proceso judicial llamase a la puerta. Al fin, por el bien de todos, esto se acabó; se acabó gastar papel y espacio por el mero hecho de necesitar una firma gráfica.
Como ciudadanos, tened claro que tenéis derecho a especificar a toda entidad de qué manera queréis ser notificados, pudiendo cambiarla en cualquier momento.
Podéis aportar documentación en cualquier momento de forma electrónica, consultar en qué estado se encuentran sus procesos en la Administración. Tenéis derecho a reclamar la disposición de un funcionario público en quien delegar las tareas si para ustedes es imposible y todo esto, debéis poder hacer con vuestro DNI digital, lo que me recuerda, que alguien se retrasa en darme el mío. Y todo ello... en la medida de lo posible, porque? porque la misma ley se cura en salud de las Administraciones y les abre una puerta legal con esa coletilla en el texto. Ahora, que un juez diga que eso no era la medida de lo posible, claro!
Os abro una puerta a la era electrónica, y para ello, os abro esta entrada para resolver vuestras dudas.
Ah! Se me olvidaba, la ley entra en vigor el próximo 1 de Enero.
lunes, 16 de marzo de 2009
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
del 2010?
ResponderEliminarAsí es.
ResponderEliminar